Relacionado íntimamente con la prevalencia del crimen organizado, el tráfico de armas coloca a Michoacán entre las siete primeras entidades del país con incidencia en el consumo de armas largas, municiones y granadas, según informes del Sistema Nacional de Seguridad. Esto propicia que el promedio de homicidios con arma de fuego en el estado, en los primeros siete meses de 2013, oficialmente sea de 1.2 al día.
Michoacán y en particular su capital, Morelia, forma parte de una de las cuatro rutas del tráfico de armas en México identificadas por la Procuraduría General de la República: Pacífico, Centro, Golfo y Sur.
La ruta en la que participa la capital del estado arranca en Tijuana, pasa por Mexicali, Nogales, Hermosillo, de ahí a Culiacán, para transitar por Tepic y Guadalajara, es entonces cuando toca Morelia para luego desplazarse a Chilpancingo y luego Oaxaca, en donde el trayecto se bifurca para alcanzar distintos destinos: Tapachula, Ciudad Hidalgo, Cuauhtémoc, Tuxtla y Balancán.
La definición legal prevista en el artículo 84 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece que el tráfico de armas consiste en la introducción al territorio nacional, en forma clandestina, de armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
De acuerdo con el informe “Tráfico de armas México-USA”, de la Procuraduría General de la República, la modalidad preferida de los traficantes de armas es comprarlas a ciudadanos americanos o residentes legales, a cambio de una cantidad de dinero.
Así, los traficantes median entre el interesado y el vendedor autorizado de armas, para introducirlas a México, tanto por los 19 cruces de paso formales que existen como por los incontables cruces informales a lo largo de los tres mil 152 kilómetros de frontera común. Por ejemplo, en Chihuahua hay cuatro cruces formales, y 300 brechas que cruzan la frontera entre Ojinaga y Ciudad Juárez.
Las armas se pasan de los Estados Unidos ocultas en vehículos terrestres, en las llantas de refacción, respaldo de asientos, oquedades fabricadas en las carrocerías, etcétera; la introducción se verifica a modo de operación “hormiga” y no en grandes cantidades a la vez.
Las autoridades federales hasta el momento no tienen detectada en México que alguna organización delictiva extranjera o nacional, se dedique exclusivamente al tráfico de armas.
Aunque Michoacán es una de las entidades con mayor incidencia, la proliferación y el florecimiento de actividades ilícitas como el tráfico de armas afecta a todo el país, tanto que en el ámbito nacional observamos que después del narcotráfico, la venta ilegal de armas se ha convertido en la segunda actividad más redituable del crimen organizado.
Las organizaciones dedicadas al narcotráfico cuentan con miembros que se dedican a adquirir las armas para cubrir las necesidades de su grupo, para lo cual contactan a ciudadanos norteamericanos o residentes legales de ese país, para que mediante una retribución económica adquieran las armas que les solicitan.
La mayoría de las armas que nutren el mercado negro en México provienen de Estados Unidos, aunque también son abastecedores países como España, Italia, Japón, Alemania, Bélgica, y China.
De acuerdo con las autoridades federales, el tipo de armas que ingresan a tierras mexicanas son: Colt; Smith & Wesson; Sturm Ruger; Llama Gabilondo & Cia.; Remington; Winchester; Star; Beretta; Browning; Norinco; Marlin Firearms; Jennings Firearms, y Raven Arms.
En el mercado negro michoacano, las pistolas calibre .38 súper y .25, los rifles AK-47 conocidos como “cuerno de chivo”, y las escopetas calibre .12, son las armas con mayor demanda.
Otro tipo de armas que tienen amplio mercado son la subametralladora UZI, el fusil Coltar 15, los rifles Remington y Winchester, así como pistolas calibre .380, .22 y las .9 milímetros.
El valor en el mercado ilegal fluctúa en función de la oferta y la demanda, la cual puede encontrarse en un rango de 800 dólares, a dos mil dólares, considerando adicionalmente la antigüedad, estado de conservación, marca, modelo y versión del material.
México es el destino principal para la exportación ilegal del abastecimiento en el mercado negro de armas que provienen de Estados Unidos, lo que generalmente se hace bajo la capa de la corrupción de autoridades, eludiendo así las restricciones establecidas por ambos países.
El cierre de las armerías en México alentó el mercado negro de armas, esto en la medida en que la violencia se instaló como una forma de sobrevivencia en nuestro país y que las organizaciones criminales consolidaron sus ámbitos de acción.
En el crecimiento del mercado negro de armas, coadyuva lo confuso en las leyes mexicanas al respecto, ya que por un lado el artículo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice que cualquier ciudadano mexicano tiene derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la ley, pero en su artículo XVII advierte que nadie puede hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
Las recomendaciones que hace el gobierno norteamericano sobre el traslado de armas hacia nuestro país son de manera escueta. El Departamento de Estado de ese país advierte a los estadounidenses que no deben introducir a México ningún tipo de arma de fuego o munición sin tener autorización previa o por escrito de las autoridades mexicanas, pues –señala- el ingresar a México con arma de fuego o un solo cartucho conlleva una pena de hasta cinco años de cárcel.
Para el 2010, la Secretaría de la Defensa Nacional reportaba la existencia de 16 millones de armas ilegales circulando por el país. En tanto, confirmaba la existencia de cinco millones de permisos para portar armas, lo que implicaba un universo total de al menos 21 millones de armas en territorio nacional.
La PGR no tiene datos sobre el volumen real de armas que pasan de manera ilegal desde Estados Unidos, aunque sí hay los reportes de que el fenómeno va al alza.
Según estimaciones de la Oficina de Alcohol, Tabaco y Armas de Fuego (ATF) de los Estados Unidos, la demanda de rifles de tipo paramilitar en México (automáticos o semiautomáticos calibre 5.56 y 7.62 milímetros de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas Mexicanas) ha aumentado y por tanto, los traficantes tratan de satisfacer esa demanda.
De acuerdo con la ATF y el Servicio de Aduanas del vecino país, la falsificación de registros por parte de los vendedores legales facilita el contrabando. De esta manera en un periodo de 24 meses en nuestro país, además de decomisarse alrededor de 24 mil armas cortas y largas (pistolas y revólveres, fusiles automáticos y semiautomáticos, metralletas, rifles y escopetas de caza), también se aseguraron cerca de un millón 225 mil municiones de diferentes calibres, de las que un 17 por ciento se enmarcaban dentro de delitos contra la salud.
También se han registrado casos de contrabando de ojivas fulminantes y pólvora para la fabricación ilícita de municiones.
Los reportes de la ATF señalan que entre los estados en los que se dan mayores decomisos de los arsenales se encuentran Baja California, Tamaulipas, Durango, Sinaloa y Michoacán.
Sonora, Distrito Federal y el Estado de México también cuentan con un número significativo de aseguramiento aunque estos hechos no sólo se vinculan con aspectos relacionados con el narcotráfico.
La posesión, tráfico y uso de armamento exclusivo de las Fuerzas Armadas nacionales representan aproximadamente el quince por ciento de los delitos federales en todo el país.
En el caso de Michoacán, el Sistema Nacional de Seguridad tiene un registro de tres mil 120 asesinatos con arma de fuego en la última década, de los que la gran mayoría son dolosos (tres mil 014), es decir, que fueron ejecutados de manera intencional.
Frente a la proliferación del consumo de armas, los aseguramientos resultan mínimos por parte de las autoridades. En el último informe de la Procuraduría General de Justicia del Estado, presentado a finales de agosto, en lo hecho por la Policía Ministerial, se reportan 67 armas cortas aseguradas, y 31 largas.
La Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada prevé en su artículo 2, fracción II, lo relacionado con el acopio y tráfico de armas. Para la configuración de los tipos penales de estos dos delitos, dicha ley remite a otro ordenamiento jurídico especial: la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que es la que los define y sanciona.
El artículo 83 Bis de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, señala que: “Por acopio debe entenderse la posesión de más de cinco armas de las de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; este tipo de armas se encuentran comprendidas en el artículo 11 de la Ley Federal”.
A las personas que se encuentren incurriendo en este delito sin el permiso correspondiente se sanciona con prisión de dos a nueve años y de diez a 300 días de multa dependiendo de la gravedad y la cantidad de armas con las que se encuentre.
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