Morelia, Michoacán.- Con la intención de lograr su primera lectura en este periodo ordinario de sesiones, este lunes quedó formalmente instalada en el Congreso local la Mesa Técnica para la discusión de la Ley contra la Desaparición Forzada en Michoacán.
La Mesa Técnica la integran las comisiones de Justicia, Derechos Humanos y Seguridad Pública, y se reunirá dos veces por semana a fin de avanzar en el dictamen que se prevé pueda tener su primera lectura a más tardar a mediados de julio próximo.
De acuerdo con el diputado Eleazar Aparicio Tercero, autor de la iniciativa, se ha logrado sensibilizar a los diputados sobre la importancia del tema, lo que propició que en la Semana Internacional del Detenido-Desaparecido, los legisladores charlaran sobre la pertinencia de arrancar los trabajos.
Aparicio Tercero apuntó que en la instalación de la Mesa Técnica, hubo la petición de la Comisión de Justicia a fin de que los términos de la Ley vayan aparejados con los del Código Penal que están en análisis dentro de la Cámara.
Por su parte la diputada Laura González Martínez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, coincidió en que departe de los diputados existe sensibilidad sobre la importancia del tema, por lo que se ha decidido avanzar en los trabajos.
En la propuesta de Ley se establece la obligación del gobierno michoacano a no permitir, practicar, ni tolerar la desaparición forzada de personas un aun en estados de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales; también lo obliga a no practicar, no permitir, ni tolerar la desaparición forzada de personas, ni aún en estado de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales.
La autoridad además estará obligada a sancionar en el ámbito de su jurisdicción a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo.
Una obligación más para el gobierno será establecer medidas de reparación integral del daño para las víctimas del delito de desaparición forzada, y estará obligada a cooperar con los otros estados y las autoridades federales en la prevención, sanción, protección y erradicación de dicho fenómeno.
Según la propuesta comete el delito de desaparición forzada de personas conforme a la propuesta de ley, cualquier funcionario o servidor público, así como cómplice s y encubridores provenientes de los poderes u órganos del estado que priven de la libertad y mantenga oculta a una o más personas, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de la libertad, cualquiera que sea el método y motivación utilizados.
Serán igualmente considerados como sujetos activos del delito de desaparición forzada los que o sean formalmente autoridades y sin embargo actúen aprovechando la autorización, el apoyo o la aquiescencia de funcionarios públicos.
El delito de desaparición forzada será sancionado con pena privativa de la libertad de 20 a 40 años de prisión, siendo siempre acompañada de la inhabilitación definitiva e inconmutable de ejercer la función pública en cualquiera de sus niveles y de la multa de 500 a dos mil salarios mínimos vigentes en el estado. La pena en estos casos será independiente de las que lleguen a determinarse por la comisión de otros delitos conexos.
Además a quien teniendo conocimiento de la comisión del delito de desaparición forzada, ayude a eludir la aplicación de la justicia o a entorpecer la investigación de desaparición forzada, se le impondrá pena de ocho a 15 años de prisión e inhabilitación inconmutable para ejercer cargos públicos,
También, a quien conociendo los planes para la comisión de este delito, sin ser partícipe, no da aviso a las autoridades, se le impondrá pena de prisión de cuatro a 12 años y se le inhabilitará para el desempeño de cargos públicos, sin que esta última pena se pueda conmutar.
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