Diputados aprueban dictámenes para proteger a niños migrantes

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La Comisión de Asuntos Migratorios aprobó varios dictámenes para garantizar el respeto a los derechos de niños y adolescentes migrantes no acompañados o separados que se encuentren en el Instituto Nacional de Migración (INM) y para establecer derechos a mexicanos repatriados por gobiernos de otros países.

El primer documento avalado por los integrantes de esta instancia legislativa reforma el primer párrafo y los párrafos primero y segundo de la Fracción I del Artículo 112 de la Ley de Migración.

Con ello se establece que cuando alguna niña, niño o adolescente migrante no acompañado o separado se encuentre a disposición del INM éste deberá garantizar en todo momento el respeto a sus derechos humanos.

Indica que el organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación canalizará de manera inmediata a la niña, niño o adolescente migrante no acompañado a la instancia del DIF nacional, estatal o del Distrito Federal que corresponda para su guarda y custodia.

Ahí se les proporcionará la protección y asistencia adecuadas mientras se resuelve su situación migratoria, se determina su interés superior y las medidas que mejor le convengan, y dará aviso al consulado de su país para los efectos que procedan.

También señala que los lapsos en que niñas, niños y adolescentes migrantes extranjeros no acompañados se encuentren en una estación migratoria en tanto se les traslada a las instalaciones del DIF nacional, estatal, municipal o del DF que corresponda, el INM deberá asignarles un espacio distinto al del alojamiento de los adultos.

En estos casos, apunta el dictamen, la autoridad migratoria deberá observar en todo momento el interés superior del niño, los derechos de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados o separados previstos en el ordenamiento y demás legislación aplicable.

Además dar aviso inmediato al Sistema DIF, al organismo estatal de defensa de los derechos humanos y al Comité Estatal del Sistema Nacional de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicación de los Derechos del Niño en la entidad que corresponda, a efecto de que coadyuven en la garantía y protección de sus derechos.

Se le informará a la niña, niño y adolescente sus derechos dentro del procedimiento migratorio y los servicios a que tiene acceso.

Cuando así resulte de la evaluación o determinación de su interés superior, se le pondrá en contacto con el consulado de su país, salvo que a juicio del INM o a solicitud del niño, niña o adolescente pudiera acceder al asilo político o al reconocimiento de la condición de refugiado, en cuyo caso no se entablará contacto con la representación consular.

Cuando como resultado de la evaluación o determinación de su interés superior así proceda, dice el texto, se notificará al consulado de su país la ubicación de las instalaciones del Sistema Nacional o Sistemas Estatales del DIF o estación migratoria a la cual se le canalizó y las condiciones en las que se encuentre.

Al respecto la presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios, Amalia Dolores García Medina, destacó la importancia de que el INM dé aviso al consulado del país correspondiente de la niña, niño o adolescente migrante no acompañado o separado que esté a su disposición.

Recordó que debido a que el organismo no avisó al consulado de Francia el caso de su ciudadana Florence Cassez fue que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no se cumplió con el debido proceso.

“Qué es lo que hemos reclamado en el caso de mexicanos que han sido juzgados y llevados a la pena de muerte, como en el caso reciente en Estados Unidos: que no se avisó al consulado”, subrayó.

En reunión de trabajo, García Medina enfatizó que hay un criterio jurídico en el ámbito internacional que establece la obligación de avisar a los consulados.

También los integrantes este grupo de trabajo aprobaron la minuta que reforma los párrafos segundo y tercero del Artículo 84 de la Ley General de Población, para establecer derechos para los mexicanos repatriados por gobiernos de otros países, en el proceso de su recepción en el país y su estancia en los lugares de detención.

Establece que en las instalaciones se evite el hacinamiento y el derecho a recibir un trato digno y humano en la recepción de los mexicanos repatriados, por lo que la Secretaría de Gobernación promoverá acciones de coordinación interinstitucional para brindarles una adecuada recepción.

En este sentido consideraron viable aprobar la minuta en virtud de que México ha estado siempre comprometido con la defensa irrestricta de los derechos humanos de las personas en el territorio, sin importar nacionalidad ni condición migratoria.

Fuente: es-us.noticias.yahoo.com

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